Registros: Información para la mejora de la calidad.

viernes, 21 de noviembre de 2014

Los registros son información registrada que posteriormente será utilizada por otra persona o de la cual se deberá disponer más adelante. El conocimiento de los procesos proviene de la información disponible. Estos datos permiten conocer más sobre el proceso permitiendo actuar a la organización. 

Llevar un registro de nuestras acciones es una manera eficaz de cambiar nuestro comportamiento. Cuando  se registran datos se analiza esta información asegurando de manera efectiva el cambio.

Los registros son una herramienta para la comunicación. Un buen control de registros es fundamental para una buena comunicación del sistema de calidad.

A la hora de establecer registros debe buscar la máxima sencillez asegurando que el proceso de medición no consuma tiempo de su trabajo. Los sistemas informáticos facilitan la captura de datos.

Solo debemos registrar los datos que aporten valor a la organización. Su valor reside en la capacidad para generar acciones de mejora en la organización. Los registros deben conducir hacia el valor que se está creando en la organización, apuntando hacia las acciones necesarias para eliminar problemas del cliente, mejorar el desempeño del proveedor o mejorar el desempeño de los procesos de la organización.

Sin embargo, los datos son solo nombres o números. Por ello, para relacionar datos con mejora continua debemos incluir el análisis de estos datos generando patrones. Los resultados del análisis de datos alimentarán la mejora continua de la organización.  Debe analizarse la información allá donde sea crítica: satisfacción al cliente, desempeño del proveedor, conformidad del producto, y tendencias de procesos o productos. La norma ISO 9001 presenta varios puntos de medición en el sistema de calidad donde debemos registrar sus resultados. En la nota ISO/TC176/N525 se enumeran estos 25 registros que la norma requiere.

Cada vez que anota o registra un incidente, se produce un cambio en su comportamiento al pensar en que es lo que causa el problema en su proceso. Se sorprenderá de las formas que se le presentarán para eliminar el problema.  Aunque al recopilar los datos no es necesario realizar seguramente ni tan siquiera cálculos, debe preguntarse sobre lo que ha provocado la desviación. Esto le motivará para cambiar su proceso y modificar su patrón de comportamiento.

La persona que sufre el problema suele ser la más indicada para recopilar los datos de un proceso. La desviación del proceso debe corregirla el propietario del proceso donde se inicia el problema. Es un error intentar modificar algo en lo que no se puede influir personalmente. El propietario del proceso, independientemente de que sea presidente, operario, vendedor o supervisor, tiene la responsabilidad hacia el resto de los miembros de la organización de corregir el problema.

En ocasiones se confunden referencias y registros. Las referencias son información que existía antes de empezar la actividad, y a la que se remite cuando lleva a cabo una actividad. Los registros, sin embargo, son información creada a medida que lleva a cabo la actividad. Los registros, como vimos anteriormente, son salidas de información de un proceso.

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Contenido mínimo de un Plan de Autoprotección

viernes, 14 de noviembre de 2014
El Plan de Autoprotección se establece para proporcionar una protección eficaz a los empleados, visitantes y personal de contratas, además de a sus instalaciones, equipos y materias en caso de que se produzca una situación de emergencia en el interior de los límites del centro. Tendrá como mínimo el contenido que figura a continuación:

1.- Descripción general
Titulares, emplazamiento, actividad y medio físico en el que se desarrolla. Características constructivas y de ocupación, accesibilidad y vías de evacuación, ubicación de medios externos, además de zonas con sustancias peligrosas.

Planos descriptivos y de situación. Se incluirá el nombre del Director del Plan de Autoprotección y del Director del Plan de actuación de emergencia designado por el titular.

2.- Evaluación de riesgos
Identificación de los riesgos propios de la actividad y riesgos externos que pudieran afectarle, incluyendo descripción y justificación breve de los principios y metodología para la evaluación del riesgo y la identificación de los posibles accidentes susceptibles de activar el plan de autoprotección, indicando sus posibles consecuencias.

Descripción y localización de los elementos, instalaciones o procesos de producción que puedan originar a una situación de emergencia o incidir de manera desfavorable en el desarrollo de la misma.

3.- Medidas y medios de autoprotección
Medios materiales que se dispone para controlar los riesgos detectados, enfrentar situaciones de emergencia y facilitar la intervención de los servicios externos de emergencias, tales como instalaciones de detección, contraincendios, de contención, señalización, etc.

Recursos humanos indicando la dependencia organizativa y los procedimientos de movilización. Se deberá extremar la relación y actualización de los medios efectivos permanentes para la localización del personal responsable y de los recursos externos necesarios, teniendo en cuenta todas las situaciones posibles (jornadas habituales de trabajo, vacaciones, turnos de trabajo y otras posibles variaciones).

Planos de ubicación de los medios de autoprotección, recorridos de evacuación y áreas de confinamiento, reflejando el número de personas a evacuar o confinar por área.

4.- Plan de actuación ante emergencias
Procedimientos organizativos y operativos necesarios para cada una de las hipótesis accidentales que se contemplen en el análisis de riesgo, garantizándose la detección, alerta, alarma, intervención coordinada, refugio, evacuación y socorro. Se incluirán procedimientos específicos para los posibles incendios, explosiones, fugas de gases tóxicos y vertido incontrolado de productos peligrosos.

Clasificación de las emergencias en función del tipo de riesgo, gravedad, ocupación y medios humanos. Se especificarán claramente las condiciones bajo las que puede considerarse la activación de una situación de emergencia, su cambio de clasificación de gravedad y las condiciones para darla por concluida.

Organización para la intervención y la evacuación (Jefe de la emergencia, Jefe de intervención, Equipo de primera y segunda intervención. Misión a desarrollar por diferentes equipos de emergencia en cada suceso que pueda generar una emergencia incluyendo los equipos de seguridad y recursos disponibles. Se designará un centro de coordinación interno y un sistema de localización permanente de los responsables.

Actuaciones para alertar rápidamente del incidente a la autoridad responsable de poner en marcha el Plan de emergencia exterior, así como la notificación de accidentes y aquellas incidencias que puedan provocar alarma social.

5.- Mantenimiento
Plan de mantenimiento preventivo e inspecciones de seguridad reglamentarias en las instalaciones.

6.- Implantación:
Organización y asignación de responsabilidades para la implantación y mantenimiento del plan.

Programa de formación y capacitación en función de las misiones asignadas al personal adscrito a este y todos los trabajadores en general, incluyendo un programa de simulacros con una periodicidad mínima de 3 años.

Integración del plan en el sistema publico de protección civil. Protocolos de notificación de emergencias.

7.- Revisiones del plan:
Mecanismos de revisión del plan, estableciendo los procedimientos para la incorporación de las mejoras tecnológicas, experiencias adquiridas en su implantación y en incidentes ocurridos.

El plan ha de ser redactado y firmado por un técnico competente capacitado para dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con la autoprotección frente a los riesgos a que esté sujeta la actividad, y suscrito igualmente por el titular de la actividad. 
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Pautas para la selección y uso de un EPI. Obligaciones de trabajador y empresario

lunes, 3 de noviembre de 2014
El EPI se singulariza y diversifica técnicamente en función de los diferentes riesgos evaluados. No ofrece una protección genérica, sino particularizada del riesgo laboral, que pueden ser uno o varios. Lógicamente, es necesaria una evaluación previa de los riesgos existentes, como se establece entre las obligaciones generales del empresario.

Después, habrán de compararse las características de los EPI que se ofrecen en el mercado, con los riesgos definidos. No es suficiente la entrega de cualquier EPI, en el mercado existen multitud de modelos o categorías. Debe ser escogido en concordancia con el tipo de protección que debe suministrar al trabajador respondiendo a las condiciones del lugar de trabajo. Debe estar adecuadamente igualmente certificado y aportar el grado de protección máximo posible, asegurando su efectividad siempre que sea instalado y usado en las condiciones y forma recomendada por el fabricante.

A continuación, se habrá de verificar la conformidad del EPI con las características técnicas, teniendo en cuenta comodidad y eficacia. Se debe tener en cuenta las condiciones anatómicas, fisiológicas y de salud del trabajador; de manera que no suponga riesgos adicionales ni molestias. Deben adecuarse al usuario tras los ajustes necesarios.

Debe partirse de la máxima de ha de ser utilizado cuando los riesgos no se pueden evitar o limitar suficientemente por medios técnicos u organizativos que afectan a las medidas colectivas.

Ha de proporcionarse gratuitamente al trabajador, reponiéndolo cuando sea necesario. El coste de las medidas relativas a la SST no debe recaer en modo alguno sobre los trabajadores. El trabajador, tiene obligación de utilizar el EPI facilitado por el empresario siguiendo las instrucciones recibidas de este. El incumplimiento de esta obligación tiene la consideración de incumplimiento laboral sancionable como falta grave o muy grave de acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores.

El empresario, no cumple únicamente con la cesión del EPI, tiene el deber de velar por la protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. Por tanto, ha de cuidar por el uso efectivo del EPI por el trabajador, imponiendo forzosamente su uso y llevando a cabo una vigilancia razonable.

Es necesario que la empresa informe de manera previa en relación al uso y mantenimiento del EPI, destacando su recomendación de las condiciones de higiene y finalidad del uso personal, aunque por circunstancias puedan ser utilizados por diferentes personas. Facilitará instrucciones preferentemente por escrito, debiendo estar el manual de instrucciones del fabricante a disposición de los trabajadores. El empresario debe garantizar que esta información sea facilitada a los trabajadores en términos que resulten comprensibles para los mismos.

El empresario debe garantizar la formación y en su caso, organizar sesiones de entrenamiento para la utilización del EPI, sobre todo cuando hayan de ser empleados varios simultáneamente.

El trabajador, por su parte, debe mantener adecuadamente el EPI, colocándolo después de su uso junto a la información pertinente en un lugar adecuado en el centro de trabajo, e informando a la empresa de posibles defectos, anomalías o daños.

Las empresas deberán elaborar y mantener a disposición de la autoridad laboral documentación concreta con referencia expresa al material de protección que deba utilizarse, incluido el EPI.
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