Tanto
la norma ISO 14001 como el reglamento EMAS establecen la necesidad de
identificar los aspectos ambientales asociados con el fin de determinar aquellos que tienen o pueden tener
impactos significativos en el medio ambiente.
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Sin
embargo, no proponen mecanismos para hacerlo. Este post constituye un
esfuerzo para ocupar este vacío metodológico.
La
evaluación de aspectos ambientales es una herramienta fundamental en la
gestión ambiental, ya que permite clasificar los problemas actuando de manera racional al prestar especial atención a los más importantes. Orienta la actuación de la organización hacia las actividades causantes
de los efectos en el entorno.
Analiza las causas que generan estos efectos sobre el medio en lugar de los propios efectos. La causa es siempre anterior al efecto, por lo que evaluar las causas permite actuar antes de que los efectos correspondientes se pongan de manifiesto. Es por tanto una herramienta de prevención que permite establecer un sistema de alerta para indicar cuando los aspectos adquieren significancia.
Requisitos
exigibles a estos criterios:
-
Reflejar
la problemática ambiental de la organización estableciendo un sistema de alerta
ambiental a la medida con bandas de valoración adaptadas.
-
Ser
valorables mediante una metodología clara que no deje la puerta abierta a interpretaciones.
-
Ser
criterios técnicos referidos al medio natural.
- Se hayan establecido en base a conocimientos y datos por medio de una aplicación continuada de la metodología, de manera que los resultados estén objetivados.
- Se hayan establecido en base a conocimientos y datos por medio de una aplicación continuada de la metodología, de manera que los resultados estén objetivados.
-
Estar
convenientemente adaptados para que la evaluación de las causas represente de
manera equivalente la correspondiente evaluación de los efectos.
-
Puedan ser clasificados en grupos de componentes ambientales: emisiones,
vertidos, residuos, ruido, consumos, suelos afectados, etc.
-
Facilitar una mejora continua, reflejando cada ciclo del sistema los posibles cambios en la
valoración de aspectos por cambios en la realidad de la organización o alternancia en la valoración de aspectos.
Al
aplicar distintos criterios a los aspectos considerados, con distintas escalas
de valoración, habrá que establecer correcciones de escala de puntuación para
ordenarlos adecuadamente.
Cualquier
metodología que cumpla lo anterior será útil y valida para el desarrollo del
sistema de gestión ambiental, no existiendo un único modelo aplicable.
Se
incluyen a continuación algunos de los criterios que pueden ser seleccionados:
-
Acercamiento a límites: Atribuye mayor puntuación al aspecto cuanto más
se aproxima al límite. Si es legal (emisiones, vertidos y ruido) no debe contemplarse
la posibilidad de sobrepasar dicho límite, pues no sería coherente con el
compromiso expresado en la política ambiental de cumplir la legislación. Si ha
sido establecido por la organización señalando cantidades prohibitivas o de
alerta, puede ser superado (residuos, consumo de electricidad, agua y
combustible). Los incumplimientos puntuales de la legislación, se tratan
mediante la gestión de no conformidades, acciones correctivas y/o preventivas. La
existencia o no de legislación aplicable como criterio no es adecuado para determinar
de significancia, pues pese por no disponer de cobertura legal o ser incompleta, no dejan
de ser problemas ambientales, e incluso en ocasiones son los más importantes. Ejemplo: Un límite legal de emisiones de una actividad es 1440 ppm de CO. Las bandas de alerta se fijan
como valor medio anual entre 90 % y el 100 %. Niveles: alto (90-100%), medio (90-50
%) y bajo (menor 50%).
-
Magnitud. Se evalua si la magnitud del aspecto aumenta o disminuye
respecto al valor inicial, normalmente un valor medio o de referencia. Ejemplo:
Cantidad de residuos generados en el último año son 50.000 l. Se considera como valor medio hasta
un 10% por encima y por debajo y se establecen bandas de alerta: nivel alto
(más de 55.000 l), medio (55-45.000 l) y bajo (menor 45.000 l)
-
Gravedad, peligrosidad o toxicidad. Se da mayor valor a aquello que es más
dañino por naturaleza para el medio ambiente. Ejemplo: Un residuo se califica
con nivel alto si se cataloga como peligroso, medio si no es peligroso y bajo si es
inerte.
-
Extensión, acumulación y penetración. Se da mayor valor al aspecto
cuanto más se ha dispersado en el medio. Ejemplo: Para una mancha de hidrocarburo se establecen los niveles alto para más de 15m2 afectados, medio entre 15 y 7
m2 y bajo menos 7m2. Penetración más de
1m alto, entre 1m y 0,2 m
medio, menos de 0,2m bajo.
-
Frecuencia y probabilidad. Se da más valor al aspecto cuya generación es
más probable (aspectos potenciales) o más frecuente (aspectos habituales o
previstos).
Ejemplo:
Niveles alto: más de 10 veces año, medio entre 3 y 10, bajo menos 3 veces.
-
Reversibilidad. Se valoran los aspectos, que una vez en el medio, lo
afectan irreversiblemente (hay que recurrir a la información bibliográfica para
definir este criterio correctamente)
-
Sinergia. Se valora la potenciación de efectos dañinos sobre el medio.
Existe consulta bibliográfica.
Suelen
utilizarse los criterios de acercamiento a límites, magnitud y naturaleza para evaluar
aspectos derivados de condiciones previstas de operación mientras que los criterios frecuencia o probabilidad y gravedad se suelen aplicar para evaluar aspectos
derivados de situaciones potenciales.
La
evaluación es crucial para el desarrollo de un sistema de gestión ya que los
resultados repercuten en la selección de objetivos de mejora en el programa
ambiental de la organización.